Denuncias Públicas

Atentado contra testigo clave de falso Positivo

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HERIDO DE BALA HERMANO DE JOSE ORLANDO GIRALDO
 
Antecedentes:

1. El señor JOSÉ ORLANDO GIRALDO BARRERA, nació el 3 julio de 1958, su familia estaba conformada por tres hijas, dos nietas y su compañera. Fue asesinado por integrantes del Batallón de Alta Montaña No. 3 Rodrigo Lloreda Caicedo el 11 de Marzo de 2006 y presentado como guerrillero muerto en combate.

Su profesión era la agricultura y hasta el momento de los hechos no tenía ninguna amenaza contra su vida, pues era una persona querida por su solidaridad con la comunidad, nunca tuvo inconvenientes o enemigos, de lo cual da testimonio su familia, la comunidad donde vivía, amigos y allegados.

El periódico El País el 2 de Noviembre de 2008 publica la siguiente información sobre el caso del asesinado del señor José Orlando Giraldo:

El escrito de acusación radicado en la Fiscalía de Cali, señala que se trataba de once hombres guiados por el sargento Luis Eduardo Mahecha Hernández, quienes habían llegado hasta la zona para desarrollar labores de patrullaje, basadas en información sobre una supuesta presencia de la columna móvil Libardo García de las Farc. Los uniformados, en su momento, afirmaron que accionaron las armas cuando, al ingresar a los predios de la finca, el encargado disparó en su contra.

Ese mismo día el oficial Manuel Arturo Pabón Jaimes, quien era el capitán de la patrulla, redactó un informe a mano. El documento, al que pudo acceder este diario, reporta la situación así: “(…) Iniciamos infiltración motorizada desde el batallón hasta la parte baja de La Golondrina (…) estábamos en desplazamiento cuando al pasar al frente de una vivienda, aproximadamente a las 02:45, salió un individuo de la casa y nos disparó. Automáticamente reaccionamos al fuego de acuerdo a la legítima defensa”.

Sin embargo, el comunicado oficial de prensa que la Tercera División del Ejército entregó a los medios de comunicación, ya no habla del supuesto agresor como un simple individuo: “(…) unidades adscritas al Batallón de Alta Montaña dieron de baja a un miliciano de la cuadrilla Libardo García de las Farc, en el marco de la operación Bombardero, incautando asimismo un fusil Fall”.

Parece un detalle menor, pero en realidad el informe es fulminante. Además del cambio semántico en la referencia, hay otro detalle: está fechado el 10 de marzo, es decir un día antes de sucediera la muerte de Giraldo Barrera. ¿Cómo es posible?, ¿quién lo pudo anticipar?, ¿sólo fue un error de digitación cometido por alguna secretaria?…

La Justicia Penal Militar, que llevó el proceso inicialmente, ha alegado que “(…) los hechos acaecieron cuando los uniformados adelantaban una misión táctica militar ordenada directamente por el Comandante del batallón, precedida por informes de la red de cooperantes (…) El grupo fue detectado por un perro que con sus ladridos despertó al encargado de cuidar la finca, quien salió en ropa interior y disparó su fusil, originando la respuesta de los uniformados”.

La argumentación de los hechos está en la página 11 de un fallo del Consejo Superior de la Judicatura, que el 2 de agosto del 2006 determinó que por su gravedad y varias inconsistencias halladas, el proceso debía ser llevado por la justicia ordinaria y no la penal militar.

Una de las debilidades en la versión oficial a la que hace referencia el fallo está en la trayectoria de las balas. En la página 21 del documento lo explica así: “(…) según la versión del capitán Pabón, los uniformados respondieron al fuego inesperado a una distancia de cinco a diez metros en línea recta, sin obstáculo alguno, por lo que el interrogante obvio es por qué sobre la humanidad de Giraldo Barrera aparecen esquirlas de proyectil, si las esquirlas se ocasionan cuando el proyectil ha golpeado un cuerpo duro antes”.

Según las consideraciones de la Judicatura, hay otras circunstancias que cuestionan “seriamente” la posibilidad de que los disparos hubiesen acaecido tal como lo presentan: “(…) las trayectorias deberían ser horizontales y/o ligeramente de abajo hacia arriba, pero dudosamente de arriba hacia abajo, como puede deducirse si se atiende el levantamiento”.

Pero, ¿por qué dispararon contra José Orlando Giraldo? ¿Por qué él y no otro?

Una familiar de la víctima que pidió la reserva de su nombre, cree tener una hipótesis: “Pensaban que se trataba de un campesino por el que nadie iba a reclamar. El 12 de marzo de 2006 había elecciones a la cámara de representantes y ellos tenían que presentar un positivo para justificar su labor. Por eso le pusieron un fusil en la mano y lo presentaron como guerrillero. Esa es la razón de haberlo encontrado en calzoncillos: lo iban a disfrazar y no alcanzaron”.

2. Ese 11 de marzo de 2006, un trabajador de la finca fue el primero en llegar pero integrantes del ejército le impidieron la entrada a la casa, por lo cual llamó a Marta Giraldo, hija del señor José Orlando.  Al recibir esta noticia, inmediatamente sale para la finca, llegando aproximadamente a las 8:30 a.m. en compañía del Sr. WILSON GIRALDO y JAIRO GIRALDO, hermanos de don José Orlando y con el administrador de la finca el Sr. NELSON OSPINA.

3. Al llegar a la finca se encuentran con 15 miembros del ejército del Batallón de Alta Montaña Numero Tres “Rodrigo Lloreda Caicedo” y el Capitán MANUEL ARTURO PABÓN JAIMES comandante al mando de la operación, quienes no daban ninguna explicación acerca del paradero del señor José Orlando Giraldo, ni sobre el por qué les impedían ingresar a la casa, después de mucho tiempo, al preguntarle al Capitán PABÓN  si se encontraba  muerto asintió con la cabeza.

4. Los militares que desarrollaron el operativo pertenecen al Batallón de Alta Montaña numero tres “Rodrigo Lloreda Caicedo”, cuyo comandante en ese momento era el Coronel BAYRON GABRIEL CARVAJAL, hoy condenado a 54 años de prisión por el asesinato de diez policías de la DIJIN, perteneciente a la Tercera Brigada de Cali, a su vez comandado por el General CARLOS ENRIQUE SANCHEZ MOLINA. También estaban el Capitán MANUEL ARTURO PABON JAIMES, comandante de patrulla al mando de la operación BOMBARDERO, los soldados profesionales CRISTIAN DANIEL DELGADO, JHON JAIRO QUIJANO SANCHEZ, JOSE HERMERIO CORDOBA, LUIS FRANCISCO GALVIS, ELVER MORENO VALENCIA, LUIS EDUARDO MAHECHA HERNANDEZ, Suboficial Grado vice-primero y su función es la labor de inteligencia de la operación  y EDUARDO FIDEL ANGARITA, Cabo tercero.

5. Inicialmente el Juzgado 50 IPM, Dra. LILIANA BONILLA DE TAKEGAMI, Proceso 301, asumió la investigación argumentando que era de su competencia. En agosto de 2006 el Concejo Superior de la Judicatura determinó que la investigación la llevara la Fiscalía 38  Especializada de Derechos Humanos y DIH.

6. La familia de don José Orlando Giraldo ha llevado desde el mismo día del crimen una lucha sin descanso para que haya justicia, presentando solicitudes a todas las instancias nacionales como Presidencia de la República, Procuraduría General y Regional de la Nación, Fiscalía General de la Nación; ante las instancias del sistema de Derechos Humanos Internacional como la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Organización de los Estados Americanos – Comisión Interamericana de Derechos Humanos; y ante organizaciones internacionales del Derechos Humanos como APP y WOLA.

7. El día 13 de Febrero de 2008, en horas de la tarde, aproximadamente las 5:00 p.m. dos hombres, en dos motocicletas, vestidos totalmente de negro, con gafas oscuras, chaleco y gorra llegaron a la casa de un familiar de don José Orlando Giraldo, preguntando por Marta Giraldo y Jairo Giraldo y pidiendo información sobre el lugar donde los pudieran encontrar.

Ante la negativa de información por parte de la persona que los atendió, estos la confrontaron diciendo que era imposible que no supiera nada, si se le estaba preguntando por su familiares. Siguieron insistiendo por lo cual la persona ya asustada decidió cerrar la puerta y decirles que si querían dejaran una razón que ella hacía llegar el mensaje, ante lo cual respondieron que mejor regresaban porque “tenían un asuntito pendiente con ellos” y arrancaron sin mediar ninguna otra palabra. Al ser informada de los sucedido Marta Giraldo acudió a la Fiscalía 38 de Derechos Humanos y D.I.H., encargados del proceso por el asesinato de su padre, pero en la instancia judicial no le dieron importancia a lo sucedido, argumentando que seguramente eso no tenía nada que ver con el proceso.  

8. El 16 de mayo de 2008, el sargento Luis Eduardo Mahecha, en ese momento por fuera del  Ejército, fue capturado en el municipio de Apartadó, Antioquia, donde trabajaba para la Alcaldía Municipal, a pesar de tener órdenes de captura en su contra. El Juez 26 Penal Municipal de Cali le profirió medida de aseguramiento por homicidio y ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio, siendo recluido en la cárcel de máxima seguridad de Palmira.

Hechos:

1. El martes anterior, 5 de Mayo de 2009, después de varios aplazamientos  se inició el juicio. En el despacho del Juzgado 19 Penal Especializado del Circuito Judicial de Cali, se desarrolló la audiencia contra el Sargento Viceprimero, retirado del Ejército Nacional Luís Eduardo Mahecha Hernández, quien para el 11 de Marzo de 2006, se desempeñaba como Jefe de Inteligencia del Batallón de Alta Montaña Rodrigo Lloreda Caicedo. El juicio se inició por los cargos de homicidio agravado, falsedad ideológica en documento público y ocultamiento y destrucción de elemento material probatorio. En el proceso que finalmente inició su etapa de juicio se investiga también al mayor del Ejército Nacional, Manuel Arturo Pabón Jaimes, quien fue el comandante de la patrulla y se desempeñaba como capitán orgánico del mismo batallón.

2. Sin embargo, la audiencia que estaba programada para tres días, 5, 6 y 7 de Mayo de 2009, solo duro día y medio, porque al medio día del 6 de Mayo de 2009 fue suspendida porque la abogada del Sargento Mahecha, señora Fanny Alonso de Camacho, lo solicitó alegando calamidad familiar, aunque plantearon que dicha calamidad podría esperar hasta final del día cuando el primer testigo terminara de declarar, negando además la posibilidad de continuar con el caso a pesar de contar con otra abogada para la defensa.

3. El 28 de Abril de 2009, días antes de la audiencia llegaron hasta la vivienda del señor José Wilson Giraldo Barrera, hermano de Don José Orlando Giraldo, dos militares uniformados llegaron en un taxi conducido por un hombre vestido de civil. Los dos militares estuvieron durante largo tiempo observando en los alrededores de la vivienda y hacia el interior, luego pidieron un desayuno en el restaurante que funciona en el lugar y abordaron a la señora preguntándole si vivía en ese lugar con el señor José Wilson Giraldo Barrera, ella les respondió que solamente vivía con sus dos hijas. Estuvieron durante otro tiempo mirando en los alrededores y hacia la parte interior de la vivienda antes de irse.

De estos hechos fue notificado el fiscal 38 especializado de la unidad de Derechos Humanos JUAN CARLOS OLIVEROS CORRALES, quien esta a cargo de la investigación.

4. El Domingo10 de Mayo de 2009, día de la madre, siendo las 3:30 p.m. cuando el señor José Wilson Giraldo Barrera se dirigía junto a su esposa hacia la casa de su mamá, en la carrera 15 con calle 26 de la ciudad de Cali, esperando el bus, recibió un disparó en la cabeza de un hombre que al parecer venía siguiéndolos. El señor José Wilson Giraldo Barrera fue trasladado al hospital Primitivo Iglesias y de allí hasta el Hospital Departamental del Valle, donde se encuentra en estado reservado de salud.

Exigimos:

1. Al Estado Colombiano detener la persecución contra la familia del señor José Orlando Giraldo y contra las demás personas que hacen parte del proceso por las torturas y asesinato del señor José Orlado Giraldo el 11 de Marzo de 2006.

2. Al Estado Colombiano garantizar el desarrollo transparente del juicio contra los militares responsables de las torturas y asesinato en contra del señor José Orlando Giraldo, deteniendo todas las acciones que han retrasado el inicio del juicio.

3. Al Estado Colombiano desarrollar una exhaustiva investigación por el atentado contra el señor José Wilson Giraldo Barrera, testigo fundamental del proceso por las torturas y asesinato del señor José Orlando Giraldo.

4. Al Estado Colombiano proteger al señor José Wilson Giraldo Barrera y a su familia.

5. Al Estado Colombiano investigar si el comportamiento de las abogadas defensoras de los militares acusados es transparente y ético

Solicitamos:

1. A las organizaciones sociales, de derechos humanos y demás rodear a la familia del señor José Wilson Giraldo Barrera y del señor José Orlando Giraldo brindando el apoyo necesario para su seguridad e integridad.

2. A la comunidad internacional rodear a la familia del señor José Wilson Giraldo Barrera y del señor José Orlando Giraldo brindando el apoyo necesario para su seguridad e integridad.

3. A la comunidad internacional y a las organizaciones nacionales exigir al Estado Colombiano el respeto de los derechos de la familia del señor José Wilson Giraldo Barrera y exigir la continuación y desarrollo del juicio en contra de los militares acusados de las torturas y asesinato del señor José Orlando Giraldo.

 
Coordinación Colombia Europa Estados Unidos – Nodo Sur Occidente

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado – Valle