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(Español) Boletín #7 – Uso ilegal de la inteligencia y contrainteligencia estatal

Espacio de Litigio Estratégico.

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(Español) Introducción

En la  entrega #7 de este boletín se abordarán aspectos generales de: i) la responsabilidad del Estado en el uso ilegal e ilegítimo de la inteligencia y contrainteligencia estatal, por parte de las Fuerzas Armadas y Agencias de Seguridad, como estrategia operacional y política de los gobiernos de este periodo, como eje de planeación y ejecución de la política de persecución y exterminio del movimiento social, de oposición, periodismo independiente, sindicalismo y sectores de izquierda en Colombia que tuvo como resultado la vulneración masiva de derechos fundamentales y de derechos humanos en contra de un “enemigo interno”, entre ellas,  la comisión generalizada y sistemática de detenciones arbitrarias, torturas, desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales; ii) la ausencia de investigación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), y en ese sentido, iii) la falta de acciones concretas por parte de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR) en el llamamiento de máximos responsables y la develación de patrones macrocriminales y reparación de las víctimas de estos graves crímenes por parte del Estado. 

 

Este boletín fue elaborado en coordinación con las organizaciones que integran el Espacio de Litigio Estratégico (ELE), quienes acompañan y representan  víctimas de violaciones a derechos humanos ante la JEP  y tomando en cuenta los informes “BINCI y Brigada XX: El rol de inteligencia militar en los crímenes de Estado y la construcción del enemigo interno” y “Desde el reino de las sombras: actividades encubiertas e ilegales de la inteligencia estatal contra la democracia y los derechos humanos en Colombia” presentados al actual Sistema para la Paz (SIP).  

 

 

  • La inteligencia estatal 

 

La función de inteligencia “es aquella que desarrollan los organismos especializados del Estado del orden nacional, utilizando medios humanos o técnicos para la recolección, procesamiento, análisis y difusión de información, con el objetivo de proteger los derechos humanos, prevenir y combatir amenazas internas o externas contra la vigencia del régimen democrático, el régimen constitucional y legal, la seguridad y la defensa nacional”.

Si bien todos los Estados tienen el derecho y el deber de desarrollar acciones de inteligencia para la toma estratégica de decisiones en materia de defensa y seguridad, las mismas deben desarrollarse con estricto apego a los derechos humanos y a las reglas del debido proceso. 

Tal como estableció el Informe Final de la Comisión de la Verdad, en Colombia los servicios de inteligencia se formaron en una doctrina contrainsurgente propia de la Doctrina de Seguridad Nacional, lo cual explica en parte su alto involucramiento en violaciones a derechos humanos. La aplicación de la noción de “enemigo interno” se tradujo en la conceptualización de las luchas sociales como una dimensión de la “guerra” y que justificó “el ataque a defensores de derechos humanos, no reaccionar frente a las denuncias o mantener la impunidad de muchas acciones”.  

Los informes sobre el uso ilegal de inteligencia y contrainteligencia por parte de las Fuerzas Armadas y Agencias de Seguridad Estatal para la violación de derechos humanos, entregados al SIVJRNR, dan cuenta de una política de persecución sistemática y generalizada sostenida en el tiempo dentro del marco del conflicto armado en Colombia. Así mismo reflejan el grado de planeación, la estructura de mando de las agencias estatales y unidades militares, el financiamiento de las operaciones, el perfilamiento de víctimas que se encontraban en un alto grado de vulnerabilidad, el impacto de las acciones en familiares, organizaciones políticas, sindicales y comunidades, y la impunidad en la investigación y condena de conductas sobre las que se le impone al Estado colombiano el deber de perseguir y sancionar

El uso ilegal e ilegítimo de inteligencia militar en Colombia ha fungido como un dispositivo determinante para la comisión de conductas delictivas como la persecución y exterminio de grupos sociales y políticos, ejecuciones extrajudiciales,  desaparición forzada, tortura física y  psicológica por parte de agentes estatales contra la oposición política, movimientos sociales, sectores organizados de la población y militantes armados fuera de combate.

Tal como estableció el Informe Final de la Comisión de la Verdad, 

“Cambiar la perspectiva de estos organismos, contar con mecanismos de control efectivos y dejar de considerar a la población y a las organizaciones y movimientos sociales como base social de la guerrilla son parte del cambio instrumental y de mentalidad que se necesita para la construcción de la paz”.

A continuación, presentamos una síntesis de los principales hallazgos que se incluyeron en los informes al SIVJRNR citados en función de aquellas unidades de inteligencia con mayor grado de involucramiento en la comisión de violaciones a derechos humanos. 

 

  • Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Charry Solano y Brigada XX

 

El Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Brigadier Ricardo Charry Solano (BINCI), adscrito a la Brigada de Institutos Militares se encargó de llevar a cabo labores de inteligencia a los grupos subversivos surgidos en el país en las décadas de 1960 y 1970.

Por su parte, la Brigada XX fue creada en 1985 mediante la disposición No. 002 del 21 de enero de 1985 y se puso en funcionamiento por medio de la disposición No. 00036 del 26 de diciembre de 1986. Teniendo en cuenta la división que había surgido en 1985 en el Batallón Charry Solano, esta nueva Brigada fue designada para trabajar operaciones cubiertas como lo asegura la Agencia de Inteligencia de Estados Unidos en su análisis de las fuerzas militares de Colombia.

El batallón funcionó a través de una estructura jerarquizada que dividía su trabajo en clave de distintas agrupaciones que denominaban “blancos” de su interés. Esta distinción se enmarcó en la idea del enemigo interno que prevalecia en este momento. Las actividades de inteligencia se llevaban a cabo a nivel nacional, en coordinación con las diferentes secciones de inteligencia del país. El objetivo era obtener información sobre cualquier grupo que pudiera interferir en las áreas de inteligencia. Una vez procesada la información, se remitia al Batallón Charry Solano .

Las acciones desplegadas por el batallón Charry Solano/Brigada XX fueron fundamentadas bajo la relación establecida entre la existencia de las insurgencias y sus afinidades políticas y posturas de izquierda. El establecimiento de esta relación fue determinante para que el grupo de inteligencia y contrainteligencia desarrollara ataques contra aquellos sujetos políticos y sociales considerados como sus enemigos, alimentando así la política de persecución y exterminio.  

Las víctimas de detenciones arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas no fueron objetivos seleccionados al azar, sino que fueron escogidas bajo los criterios de un complejo andamiaje de seguimientos, investigaciones, infiltraciones y colaboración entre estamentos militares y paramilitares y entre organismos gubernamentales que no daban lugar a tener un margen de equivocación en las acciones que se desarrollaban.

Hacia mayo de 1998, dada la masividad de denuncias por presuntos crímenes cometidos por este Batallón fue desarticulado y se creó, la sucesora, Brigada XX. Sin embargo, eso no significó el cese de estas prácticas por parte de los organismos de inteligencia. Los casos presentados se caracterizan por haber sido realizados en el marco de las operaciones que llevaba a cabo la Brigada de Institutos Militares con información de los seguimientos que llevaba a cabo su Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Charry Solano.

El BINCI/Brigada XX dispuso de un Comando de Operaciones Especiales, que también coordinó acciones ilegales como desapariciones forzadas con otras agencias de seguridad y de las fuerzas armadas (DAS, Sijin, Brigadas militares como la XIII Brigada), con los grupos de autodefensa que había ayudado a conformar y que coordinaba desde el propio BINCI, así como actuó también en un momento a través de sus propios escuadrones (caso de acciones llevadas a cabo por la Triple A).

El BINCI se desempeñó como coordinador y aglutinador de las estructuras paramilitares  que operaban en las diferentes regiones del país. Así, según se evidencia en el interrogatorio realizado a Luis Antonio Meneses Báez (conocido como Ariel Otero)  integrante del grupo paramilitar Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio,  quien señala cómo a comienzos de 1987, con el objetivo de generar una integración ideológica y colaborativa entre los grupos paramilitares , la inteligencia militar encabezada por el Batallón Charry Solano, “aglutinó los movimientos de autodefensas campesina bajo su control y para ello se organizó una reunión con los líderes regionales en las instalaciones del Charry, donde surgió una Junta Nacional de Autodefensas, compuesta por líderes de aproximadamente ocho regionales, cuya función era promover el sistema de Autodefensas y coordinar con el Ejército operaciones de Inteligencia”.

En días pasados a través de medios de comunicación se conoció que José Leonairo Dorado, quien trabajaba para una brigada de inteligencia del Ejército entre los años de 1986 y 1997, dio declaraciones ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que dan cuenta de una política sistemática para exterminar a dirigentes de la izquierda colombiana y que ratifican lo que por décadas organizaciones de derechos humanos y de víctimas hemos planteado sobre la existencia de la violencia estatal.

Estas declaraciones permitieron retomar en la agenda pública la importancia de que se ordenen medidas de protección sobre las instalaciones del batallón de logística que queda en San Cristóbal que permitan proteger de nuevas formas de desaparición a las víctimas que allí se puedan encontrar, y que ha sido una exigencia constante por parte de sus familias, sumada a la de la desclasificación de los archivos de la Brigada XX.

 

  • Red de Inteligencia 07 de la Armada con el Batallón de Artillería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada”, Quinta Brigada, Segunda División del Ejército

 

La Red No. 7 de la Armada y la Brigada Quinta del Ejército, con presencia en la zona del Magdalena Medio, adelantaron una estrategia de exterminio del movimiento popular, sindicalista y de derechos humanos gestado en Barrancabermeja.

En las décadas de los ochenta y noventa los operativos contrainsurgentes se incrementaron en el Magdalena Medio y con estos la violación de los derechos humanos de la población civil: torturas, ejecuciones extrajudiciales, allanamientos sin orden judicial, detenciones arbitrarias, montajes de pruebas, desplazamientos silenciosos, éxodos masivos y masacres como las de La Rochela, La Llana Cliente en San Vicente de Chucurí, La Tata en Cimitarra y Pozo Azul en San Pablo.

En estos hechos se evidenció una vez más la participación de agentes de la fuerza pública del Estado colombiano en hechos de graves violaciones a derechos humanos en contra de la población civil, bajo la misma estrategia de lucha contrainsurgente, en este caso, por parte de miembros de la Red 07 de inteligencia de la Armada Nacional, la Dirección de Inteligencia de la Armada Nacional con sede en Bogotá, el Batallón Nueva Granada y miembros de la Quinta Brigada y civiles financiados por la red criminal de la inteligencia militar, quienes fueron subordinados en la estructura de poder organizado y quienes ejecutaban sus órdenes.

Cada uno de los asesinatos perpetrados por los sicarios de la Red de la Armada en coordinación con el Ejército Nacional, apuntó a un blanco concreto previamente investigado por los organismos de inteligencia, con el propósito de desestabilizar y exterminar las organizaciones sindicales, la actividad política, la defensa de los derechos humanos y la actividad periodística y voces de protesta.

La Dirección de Inteligencia de la Armada, con sede en Bogotá estaba a cargo de La Red de Inteligencia 07 de Barrancabermeja, cuyo director para el momento de los crímenes era el Coronel Rodrigo Quiñonez Cárdenas, sujeto conocido en el ámbito de la inteligencia con los seudónimos de “Romario Quincy Carbonel”, “Gerente General” o “Aníbal Smith”. El Subdirector de Inteligencia fue el Mayor Jairo Osorio Morales, persona que sirvió como enlace entre la Dirección de Inteligencia y las redes locales.

La Red forjó una poderosa máquina de muerte, con medios logísticos a su disposición, financiación de la dirección general, hombres entrenados para matar (sicarios), coordinación con el Batallón Nueva Granada de la Quinta División del Ejército y una selección minuciosa y paciente de sus víctimas, dejó como resultado un centenar de civiles asesinados, masacres y otras graves violaciones a los derechos humanos cometidos en connivencia con grupos paramilitares.

 

  • Departamento Administrativo de Seguridad DAS

 

El Departamento Administrativo de Seguridad Nacional DAS, dependencia al servicio de la Presidencia de la República, tuvo como antecedente a su creación el Departamento Administrativo del Servicio de Inteligencia Colombiana (SIC), creado en 1953, cuyo objetivo era: “velar por el mantenimiento de la seguridad interior y exterior del Estado y colaborar con los Jueces y Tribunales del país para investigar malos manejos, abusos de autoridad, incumplimiento del deber y demás irregularidades de alguna entidad que se observen en la marcha de la Administración.

Para el 2000, bajo la presidencia de Andrés Pastrana se consolidó en el país el Sector Administrativo de Inteligencia y Seguridad de Estado integrado por el DAS quien tuvo a cargo por disposición normativa la orientación del ejercicio de las funciones de la entidad adscrita y su participación en la formulaciçon de la política, elaboración de planes sectoriales y en la ejecución de los mismos.

Entre agosto de 2004 y agosto de 2006, los medios masivos de comunicación publicaron información cuantiosa sobre el irregular funcionamiento del DAS. Primero, frente al arresto de varios de sus funcionarios, quienes realizaban una operación encubierta en Ecuador, incidente que ocasionó graves tensiones diplomáticas (agosto de 2004). Luego, la destitución del Director de la Seccional Atlántico del DAS por haber inventado falsos atentados contra el Presidente de la República (julio de 2005). Finalmente, desde noviembre de 2005, se multiplicaron las denuncias sobre la penetración del paramilitarismo en el principal organismo responsable de velar por la seguridad del Estado, que depende directamente del Presidente de la República.

El DAS y las fuerzas de seguridad del Estado fueron puestas al servicio de los intereses de grupos paramilitares y narco paramilitares. Por un lado, el DAS fungió como un aparato policial en función de los intereses del gobierno de turno, destinado principalmente para realizar acciones de persecución y el exterminio de defensoras y defensores de DDHH, periodistas independientes, opositores políticos, magistrados de las altas cortes y organismos multilaterales. Asimismo, la inteligencia y contrainteligencia del DAS, utilizó labores de vigilancia, recopilación de información e interceptaciones ilegales o “chuzadas”, como un medio para perseguir y exterminar al movimiento social y oposición política que cuestionaba los intereses y actuaciones de grupos económicos, políticas y narco paramilitares en las regiones. 

Según la investigación judicial y disciplinaria, tras “el escándalo del DAS”, se pudo establecer que existieron dos periodos de actividades ilegales de la entidad:

El primer periodo, de 2002 a 2006, se desarrolló durante la administración de Jorge Noguera Cotes (del 12 de agosto de 2002 al 25 de octubre de 2005) y la primera etapa de la administración de Andrés Peñate (a partir de noviembre de 2005). Durante este tiempo, el DAS fue utilizado para apoyar al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), liderado por Jorge 40. El DAS  entregó a estos grupos listas de sindicalistas y periodistas, elaboradas por el DAS a partir de análisis de seguridad que evaluaban su grado de vulnerabilidad. Muchos de estos individuos fueron posteriormente asesinados o víctimas de montajes por parte de la estructura paramilitar. Simultáneamente, desde la oficina clandestina del G-3, bajo la dirección de José Miguel Narváez, se llevaron a cabo diversas operaciones ilegales de “inteligencia ofensiva” contra objetivos políticos, quienes sufrieron campañas de desprestigio, sabotaje, presión y tortura psicológica.

El segundo periodo entre noviembre de 2005 y octubre 2008, en las administraciones de Andrés Peñate (noviembre 2005 – agosto 2007) y María del Pilar Hurtado (agosto de 2007 – octubre de 2008). Durante este periodo  se realizó una campaña sistemática de espionaje y desprestigio contra los magistrados y magistradas de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia (quienes estudiaban, por ejemplo, la exequibilidad del Acto Legislativo para la reelección de Álvaro Uribe Vélez). Además, del permanente espionaje y acciones de terrorismo contra periodistas independientes y políticos de la oposición, que realizaban investigaciones que comprometían a personas allegadas al gobierno de Uribe Vélez.

Con Noguera Cotes como director general, el DAS fue puesto a disposición del Bloque Norte de las AUC en cabeza de Jorge 40 para los siguientes propósitos: entregar información sobre el análisis de seguridad de los sujetos que, por su situación de seguridad gozaban de medidas de protección a cargo del DAS, a quienes el grupo paramilitar buscó exterminar; filtrar de documentos de operativos del mismo DAS dirigidos contra estructuras paramilitares o narcotraficantes; expedir documentación de migración o modificacar información del pasado judicial o documentación falsa que beneficiaba la salida y entrada del país de paramilitares y narcotraficantes y; el envío de cocaína al exterior en alianza con personajes como Kiko Gómez (para ese momento alcalde de Barrancas, Guajira).

Con Narváez Martínez como asesor de la Dirección de Inteligencia (marzo 2003 – junio 2005) y posteriormente como subdirector del DAS (1 de junio 2005 – 25 octubre 2005), se fundó el Grupo Especial de Inteligencia – 3 (G-3) con el propósito de llevar a cabo operaciones de inteligencia ilegal. Las operaciones ilegales de esta oficina secreta tuvieron el propósito de exterminar a la oposición política que pudiera interponerse a intereses de poderes y fortalecer el discurso, que se gestó desde el DAS y el gobierno, en el que se relacionó la defensa de los derechos humanos, desde cualquier ejercicio profesional, con el terrorismo y vínculos con grupos subversivos, creando un enemigo interno legítimo de estos ataques.

Las operaciones extrajudiciales del G-3 y otras unidades que realizaban espionaje ilegal como el GONI, no se detuvieron con la salida de Noguera Cotes ni de Narváez, sino que continuaron operando bajo las direcciones de Andrés Peñate, María del Pilar Hurtado y Felipe Muñoz, bajo otros patrones y modus operandi, a pesar de que se quiso dar a entender a la ciudadanía y opinión pública que con estos nuevos nombramientos se había dado una purga del DAS frente a los crímenes de los que se acusaba esta institución y sus funcionarios en todos los niveles.

Las seccionales del DAS operaron (en colaboración con la Fiscalía y Ejército) con base en una “Disposición permanente” del G-3, nivel central, para adelantar labores de inteligencia necesarias para producir inteligencia estratégica en contra de los blancos políticos del G-3, con el objetivo de acabar estas organizaciones, infiltrarlas y lograr los montajes y judicializaciones.

Por otro lado, el DAS en connivencia con grupos paramilitares asesinó sindicalistas, profesores y políticos, determinados como “blancos políticos” a quienes presentaron como “colaboradores de la guerrilla” o “enemigos del gobierno” a través de la creación de un riesgo ficticio de estos blancos para el Estado, lo que justificó, la persecución, intimidación y actos de terror en su contra.

488. Ahora bien, con base en lo señalado, la Corte resalta que, en específicos momento comprendidos dentro del ámbito temporal del caso bajo juzgamiento, el contexto de riesgo para el quehacer de las personas defensoras en Colombia estuvo vinculado con la postura asumida por estas, en su función de promoción y protección de los derechos humanos, ante determinadas líneas de la política gubernamental, la visión o el actuar de las autoridades de turno. En efecto, los reportes anuales de la OACNUDH y los informes rendidos por otras instancias de las Naciones Unidas, así como el acervo probatorio incorporado al proceso internacional, permiten identificar un patrón, comprendido en hechos interrelacionados, asociado al propósito por contrarrestar la función de las defensoras y los defensores debido a su perspectiva crítica y su labor de denuncia frente a las políticas y decisiones impulsadas o promovidas desde las esferas de Gobierno. Dicho patrón se revela, entre otros elementos, en el cuestionamiento expreso y directo respecto del compromiso y la legitimidad de las personas defensoras y, en general, de las organizaciones de derechos humanos por parte de estamentos del poder público (al acusarlas de “estar al servicio del terrorismo” y de ser “simpatizantes de la guerrilla”, o sugerir “que su trabajo e[ra] contrario a los intereses del Estado”), a lo cual se sumaron los hechos desarrollados en el marco de las operaciones del denominado “Grupo especial de inteligencia 3” (G3) a lo interno del DAS, en perjuicio de defensoras y defensores de derechos humanos, entre otros actores sociales críticos a la administración gubernamental de la época.

[…]

490. Es en el marco de este patrón de ataques contra las defensoras y los defensores, por su tarea en favor de los derechos humanos y su papel de denuncia frente al Gobierno, que toman relevancia los términos “guerra política”, “guerra político-psicológica” y “guerra jurídica” ‒consignados expresamente en anotaciones y registros de inteligencia del extinto DAS, supra párrs. 338 y 345, y notas a pie de página 348 y 386‒, encaminados a conceptualizar y englobar, desde una perspectiva propia del conflicto armado, las labores y estrategias de las personas defensoras, justificando con ello las acciones dirigidas a contrarrestarlas, neutralizarlas y desprestigiarlas, siendo esta la visión que guió, precisamente, las operaciones del G3.

[…]

492. En este punto cabe agregar que la Corte Suprema de Justicia, al resolver uno de los procesos penales instruidos contra exfuncionarios del DAS, refirió un amplio listado de personas y organizaciones, más allá de CAJAR y sus integrantes, que fueron consideradas “blancos” para los efectos de las operaciones de inteligencia ejecutadas, incluidas numerosas entidades de defensa de los derechos humanos, personas defensoras, políticos de oposición y periodistas, a quienes, según concluyó el alto tribunal, se buscaba “impedir[les] el legítimo ejercicio de la defensa de los derechos humanos y el de oposición al gobierno nacional”. Esa pluralidad de víctimas y la coincidencia de los móviles de su afectación por parte del extinto organismo público de inteligencia corroboran aquel propósito por contrarrestar a organizaciones y personas defensoras de derechos humanos, entre otras, críticas a las políticas y decisiones de las autoridades de turno.

Según denuncias de las organizaciones sindicales, las Autodefensas Unidas de Colombia junto con multinacionales y compañías privadas, con sedes en la región, realizaron un acuerdo para el exterminio de sindicalistas y líderes sindicales. El DAS entró en este acuerdo y brindó información detallada a las AUC en “listas negras” sobre la información personal y familiar de sindicalistas y líderes sindicales e información de sus esquemas de seguridad lo que le permitió a grupos paramilitares llevar a cabo el exterminio en connivencia con el Ejército Nacional.

La Fiscalía General de la Nación se abstuvo de investigar un centenar de casos de violaciones a derechos humanos y crímenes cometidos por el DAS, denunciados en múltiples ocasiones por las víctimas de las operaciones de inteligencia. A pesar de la sistematicidad de los hechos, las evidencias físicas, elementos materiales probatorios y declaraciones de agentes del DAS, con que contaban los fiscales, las investigaciones sobre amenazas, desapariciones y asesinatos fueron archivadas por falta de pruebas o vencimiento de términos como estrategia procedimental, teniendo como consecuencia un alto grado de impunidad en el juzgamiento de estos graves crímenes contra los derechos humanos. 

De la misma forma, el exterminio de sindicalistas entre paramilitares-DAS-Ejército contó con absoluta impunidad en las investigaciones judiciales sobre los asesinatos y desapariciones, por parte de la Fiscalía, ya que, a pesar de que se iniciaron las investigaciones lentamente, no se determinó la responsabilidad en la cadena de mando en los homicidios cometidos en el contexto de operaciones militares en las que los sindicalistas aparecían señalados por los comandantes como guerrilleros, con base en información de inteligencia.

 

  • Ejército Nacional

 

En la última década se han dado a conocer diferentes casos sobre operaciones militares basadas en el uso ilegal de inteligencia por parte del Ejército Nacional, con el fin de obtener información de manera ilegal, perseguir y presionar  a “blancos políticos” determinados para estas operaciones militares. Casos como “Caso Sala gris”, “Caso Andrómeda”, “Chuzadas sin cuartel”, “Caso las Carpetas”, y las operaciones llevadas a cabo por el Batallón de Ciberinteligencia de Facatativá (Cundinamarca) dan cuenta de cómo se habrían efectuado posiblemente escuchas ilegales, seguimientos a correos electrónicos, chats y computadores para espiar contenido de una gran variedad de personas, entre las que habría periodistas, políticos, negociadores de la Habana, magistrados, integrantes de ONGs, integrantes de la fuerza pública, incluidos oficiales de alto rango del ejército.

Estas actividades comprometen a los batallones de ciberinteligencia (Bacib) que pertenecen a las brigadas de inteligencia militar y al Batallón de Contrainteligencia de Seguridad de la Información (Bacsi). Ambos dependen orgánicamente del Comando de Apoyo de Inteligencia Militar (Caimi) y del Comando de Apoyo de Contrainteligencia Militar (Cacim). Una de estas brigadas de inteligencia operaba en el corazón de Catam y la otra desde el cantón de comunicaciones del Ejército, localizado en Facatativá.

Tras estas investigaciones se revelaron las verdaderas razones que llevaron al Gobierno de Iván Duque a retirar al comandante del Ejército, general Nicacio Martínez. Su salida se habría precipitado dado el escándalo del uso ilegal de sofisticados equipos para espiar a los blancos previamente señalados, con el conocimiento del director de Inteligencia, almirante Rodolfo Amaya Kerquelen.

 

  • Inteligencia en ejecuciones extrajudiciales

 

El uso de la inteligencia cumplió un papel fundamental para el perfeccionamiento de la política de ejecuciones extrajudiciales, la cual dejó más de 6.402 víctimas a lo largo y ancho del territorio nacional. Algunos de estos hechos fueron perpetrados en colaboración con grupos paramilitares a través de su alianza histórica con agentes del Estado.

Un antecedente relevante de esta práctica lo constituye la promoción por parte del Gobierno de nuevas formas de intervención civil en redes de inteligencia o asociaciones de vigilancia privada al servicio de la fuerza pública, las cuales sirvieron de forma legal para impulsar una nueva fase del paramilitarismo en Colombia.

Se ha evidenciado que, en el marco de la comisión de las ejecuciones extrajudiciales, los Oficiales o Jefes de inteligencia (S2) de las unidades militares eran los encargados de expedir informes de inteligencia falsos con el fin de convalidar, justificar y respaldar los combates simulados dentro de las que se presentaban a personas protegidas por el DIH como combatientes muertos en medio de confrontaciones bélicas. Un ejemplo de esto, es la documentación de los casos del S2 del batallón BAJES, en los cuales se logró establecer que las presiones y órdenes emitidas por la comandancia, se cubrían con un falso manto de legalidad mediante la emisión de documentos entre ellos los documentos que componen el ciclo de inteligencia, que contenían las órdenes de operaciones que respaldaban los procedimientos militares mediante los cuales se les causaba la muerte a las víctimas.

Los jefes de inteligencia se encargaban entonces de construir ciclos de inteligencia fraudulentos, marginados de la realidad, con el objetivo de que los informes falseados sustentaran los procedimientos militares alrededor de las órdenes, aparentemente legales, emitidas por los comandantes de batallones, con el firme propósito de proteger las operaciones mediante un teatro irreal de legalidad.

En los distintos informes presentados a la Jurisdicción Especial para la Paz, se ha señalado que las secciones de inteligencia de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA- también realizaron maniobras para el encubrimiento de los distintos casos de ejecuciones extrajudiciales en los que se vieron involucrados, manipulando las funciones del ciclo de inteligencia. Comparecientes como Heber Hernán Gómez Naranjo fueron enfáticos en sus diligencias de versión voluntaria en señalar que era gracias a la coordinación con integrantes de las Autodefensas que se desprendían órdenes para la elaboración de la orden de operaciones y las actividades de inteligencia que “al ser un hecho de esta índole, se generaba posterior al hecho”. En similar sentido, era en estas actividades de concertación, de las que participaba la sección de inteligencia, que se permitió la participación de integrantes de las AUC como guías en las operaciones militares, con el propósito de señalar directamente a las víctimas como integrantes o simpatizantes de grupos armados al margen de la Ley.

 

Conclusiones

  1. El uso ilegal de inteligencia y contrainteligencia por parte de las fuerzas de seguridad del Estado se trató de una política de Estado en el marco del conflicto armado en Colombia que permitió la comisión de graves violaciones a derechos humanos de quienes fueron sus objetivos políticos, con el propósito de exterminar a grupos de izquierda, sindicalistas y movimientos sociales; además de garantizar los intereses políticos y económicos de los gobiernos junto con estructuras paramilitares.
  2. A pesar del amplio universo de víctimas del uso ilegal de la inteligencia en Colombia aún persiste un alto grado de impunidad en la investigación y sanción de estos graves crímenes. La impunidad de la que han gozado altos mandos del ejército y de gobiernos ha mantenido vigente esta práctica al interior de las agencias de seguridad estatal y batallones de inteligencia y contrainteligencia del ejército.
  3. Tras la solicitud a la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP de decretar medidas cautelares sobre los archivos de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados del extinto DAS y sobre los archivos del Batallón Charry Solano la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, adoptaron medidas cautelares de protección de información solicitud de protección de estos archivos. Sin embargo, más allá de decretar estas medidas, la Sala no ha avanzado en la investigación del uso de inteligencia como política de gobiernos y el ejército para la persecución y exterminio de movimientos políticos de izquierda, sindicatos, movimientos sociales, grupos estudiantiles y medios de oposición. De igual forma, se hace necesario que se tomen medidas respecto a la protección sobre las instalaciones del batallón de logística que queda en San Cristóbal que permitan proteger de nuevas formas de desaparición a las víctimas que allí se puedan encontrar y la desclasificación de los archivos de la Brigada XX.

Es necesario que la Sala de Reconocimiento avance en la investigación de estos crímenes teniendo en cuenta el papel fundamental que la política del uso ilegal de inteligencia y contrainteligencia jugó en el conflicto armado en Colombia, en este sentido, es urgente que revele cómo se usó la inteligencia para la comisión de graves crímenes de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, y que llame a comparecer a los máximos responsables aquí mencionados para esclarecer la verdad de este fenómeno en el conflicto armado en Colombia como su relación con el paramilitarismo y civiles que financiaron estas actividades para beneficiar intereses económicos y políticos.

BOLETÍN LA LUPA 7