Víctimas de violaciones a derechos humanos, organizaciones de derechos humanos y Congresistas, presentaron este miércoles 15 de julio una demanda contra el Acto Legislativo 01 de 2015, promulgado el pasado 25 de junio, mediante el cual se reforma el artículo 221 constitucional referido al fuero penal militar.
La reforma señala que al momento de investigar conductas delictivas que ocurran en el marco del conflicto armado, fiscales y jueces deben aplicar el Derecho Internacional Humanitario. Este cambio, de acuerdo con el espíritu de la reforma y la sustentación de la misma en los debates legislativos, significa que en estos casos se excluye la aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, regla contraria a las normas internacionales que establecen que los derechos humanos se aplican en todo tiempo y lugar.
De acuerdo con los demandantes, la nueva norma constitucional afecta tres principios básicos de la Constitución Política: obligación de garantizar y respetar los derechos humanos; la autonomía e independencia judicial y el derecho a la igualdad ante la ley, argumentos que constituyen en la demanda, los tres cargos principales.
En ese sentido, dado que se trata de elementos que son fundamentales de la identidad de la carta de derechos, lo que estaría produciendo es una sustitución de la Constitución que habilita a la Corte Constitucional para pronunciarse de fondo sobre la reforma.
Como se recodará, ya la Corte Constitucional había declarado la inconstitucional del Acto Legislativo 02 de 2012 por vicios de forma, y en esta oportunidad se espera que se pronuncie de fondo y establezca que el nuevo texto constitucional contradice tratados internacionales de derechos humanos y la voluntad del constituyente de 1991.
Los demandantes solicitan a la Corte que establezca que el Acto Legislativo 01 es inconstitucional y de manera subsidiaria se solicita a la Corte que señale que en toda actividad judicial deben aplicarse el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.