Revista en Movida

Llamado urgente de la OMCT por hostigamientos a integrante del MOVICE

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LLAMADO URGENTE – EL OBSERVATORIO

COL 007 / 0412 / OBS 039

Actos de hostigamiento
Colombia

20 de abril de 2012

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación

El Observatorio ha recibido con grave preocupación informaciones del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CCAJAR) y del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) sobre los actos de hostigamiento e intimidación contra el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, líder del MOVICE y Secretario Ejecutivo del Comité Permanente Por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH), organización integrante del MOVICE.

Según las informaciones recibidas, el 12 de abril de 2012, en las instalaciones del aeropuerto el Dorado, en la ciudad de Bogotá, el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo fue objeto de seguimiento y toma de fotografías sin autorización por parte de una persona desconocida, mientras se alistaba para embarcar en un vuelo con la ruta Bogotá-Puerto Asís. Cabe destacar que el Sr. Martínez Castillo se dirigía a Puerto Asís para asistir a una actividad del MOVICE.

El 11 de abril de 2012, el Sr. Camilo Fagua, defensor de derechos humanos, realizó una llamada des de su número celular, alrededor de las 12.40 pm, al número de celular que le había sido asignado por parte del Ministerio del Interior al Sr. Martínez Castillo, contestando una persona desconocida quien le informó que el Sr. Martínez Castillo no se encontraba en la ciudad y que estaba de viaje. Sin embargo, el Sr. Martínez Castillo no había prestado el celular en ningún momento y dicha línea se encontraba sólo en su uso en ese momento, situación que lleva a pensar que está siendo objeto de interceptaciones y escuchas ilegales.

Cabe destacar, asimismo que el 26 de enero de 2012, aproximadamente a las 10 am, ingresó a las instalaciones del CPDH una persona que, valiéndose del engaño y, posteriormente, de la fuerza, que desplegó en contra del personal administrativo, pretendía constatar la presencia de un grupo de víctimas, las cuales se encontraban denunciando seguimientos, chantajes y otros actos ilegales cometidos, presuntamente, por miembros del Ejército Nacional, de acuerdo con las informaciones suministradas por ellas. Cabe señalar que en los últimos meses, el CPDH ha venido recibiendo denuncias contra presuntos agentes de la inteligencia militar como autores de múltiples actos de hostigamiento e intimidación.

En este contexto, según las mismas informaciones, se tuvo conocimiento, mediante las audiencias realizadas dentro de los procesos de judicialización de campesinos y estudiantes del centro del país, impulsados por la Fiscalía 14 Nacional contra el Terrorismo, de que la Policía Nacional, a través del Departamento de Inteligencia – SIJIN, ha venido realizando seguimientos a varios dirigentes del CPDH, entre ellos el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, el Sr. Jairo Ramírez, vocero nacional del MOVICE y miembro de la Junta Directiva Nacional del CPDH, el Sr. Abday Gallo, Secretario Ejecutivo del CPDH – Algeciras, y el Sr. Jaime Lizcano Rodríguez, miembro de la Junta Directiva del CPDH. Esta situación los pone en grave riesgo, puesto que el hecho de ser relacionados con los grupos guerrilleros los convierte en objetivo de los grupos paramilitares.

El Observatorio condena rotundamente los actos de hostigamiento descritos contra el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo y teme que éstos se enmarquen en un contexto de amenazas, hostigamientos y señalamientos, intensificados en los últimos años, contra los miembros del CPDH por sus actividades en defensa de los derechos humanos. Asimismo, el Observatorio manifiesta su grave preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica del Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, de su familia y de todos los miembros del CPDH. 

Adicionalmente, el Observatorio vuelve a manifestar su absoluto rechazo e indignación frente a los actos de hostigamiento e intimidación contra los defensores de derechos humanos en Colombia e insta a las autoridades colombianas a velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento en contra de los defensores de derechos humanos en Colombia.

Acción solicitada:

Favor dirigirse a las autoridades de Colombia instándolas a:

i.                     Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la vida, la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, de su familia y de todos los miembros del CPDH;

ii.                   Llevar a cabo una investigación independiente, inmediata, exhaustiva e imparcial en torno a los actos de hostigamiento e intimidación contra el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;

iii.                  Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento e intimidación – incluyendo a nivel judicial – contra el Sr. Diego Alejandro Martínez Castillo, los demás miembros del CPDH, y más generalmente los demás defensores de derechos humanos en Colombia;

iv.                  Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (Art.1) así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (Art.12.2);

v.                    De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Colombia.