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Ccajar propone juicios y penas diferenciadas para crímenes de Estado y de guerrillas

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El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, Ccajar, presenta ante la opinión pública su propuesta en construcción de justicia para la paz, una fórmula en debate y construcción, que permita no solo terminar el conflicto armado sino que implique consolidar a futuro la paz a partir de tres elementos: la adopción de garantías de no repetición, la creación de un Tribunal Especial de Justicia para la Paz y la puesta en marcha de una Comisión de la Verdad.

En cuanto a las garantías de no repetición, el Ccajar considera que se requieren cambios estructurales en el funcionamiento del Estado, que incluyen el fortalecimiento de las instituciones de investigación y protección, la depuración del Estado, la transformación de las estructuras económicas y tributarias, entre otras medidas que incluyen el desmonte del paramilitarismo, la reducción del gasto militar, el freno a los abusos de la fuerza pública en las protestas sociales, la destitución de funcionarios comprometidos en graves violaciones a los derechos humanos y la superación de la doctrina del enemigo interno. Propuestas de ampliación del fuero penal militar para que conozca de violaciones a derechos humanos o infracciones al derecho humanitario, son contrarias al propósito de construcción de paz y deberían ser retiradas por el Ejecutivo de debate parlamentario.

En materia de verdad, el Ccajar propone la conformación de una Comisión de Verdad de origen oficial, que en ningún caso sustituirá la actuación de los órganos judiciales y disciplinarios que se integren. La Comisión deberá tener en cuenta a las víctimas, en su diseño, composición y funcionamiento, lo que implica recoger las propuestas de organizaciones sociales y de víctimas, así como su demanda de subcomisiones por tipos específicos de violaciones como la desaparición forzada. La Comisión deberá diferenciar entre infracciones al derecho internacional humanitario y graves violaciones a derechos humanos, estableciendo responsabilidades diferenciadas en su comisión y en el caso de crímenes de Estado, identificando las doctrinas, prácticas y políticas nacionales y extranjeras que propiciaron que ocurrieran, Las recomendaciones de dicha comisión serán la base de la política pública de derechos humanos.

En cuanto a la propuesta de un Tribunal de Justicia para la Paz, este se propone de carácter mixto, es decir nacional e internacional, y a él deben someterse quienes quieran aportar a la paz, a las garantías de no repetición de los crímenes, contribuyendo a desestructurar los métodos, prácticas, financiación y autorías intelectuales de crímenes de carácter internacional. Quienes no se sometan a este Tribunal, o habiéndose sometido no hayan contribuido a satisfacer los derechos de las víctimas, deberán ser juzgados por la justicia ordinaria o enfrentarse a una posible acción de la Corte Penal Internacional.

El carácter de este tribunal sería de naturaleza confesional y estaría dividido en dos salas: una sobre los crímenes cometidos con ocasión del conflicto armado interno al que se someterán guerrilleros y militares responsables de crímenes de guerra, y otra sobre crímenes cometidos con ocasión del conflicto social, económico y político que tratará sobre genocidio, los crímenes de lesa humanidad y violaciones de derechos humanos.

El Tribunal contará con un procedimiento especial para la revisión de procesos judiciales y condenas contra líderes y activistas sociales y populares reconocidos por su trabajo en la reivindicación y defensa de los derechos humanos.

Frente a los grupos guerrilleros que se desmovilicen el Tribunal debería conceder amnistías e indultos amplios en relación a los delitos políticos y conexos, tomando en cuenta las obligaciones y estándares internacionales que limitan la concesión de dichos beneficios penales a quienes sean responsables de crímenes de guerra.

La responsabilidad y sanción penal debe ser asimétrica. Los beneficios que se otorguen deben tomar en cuenta sanciones diferenciadas para los promotores de los crímenes de Estado, caso en el cual la justicia debe ser más drástica, las inhabilidades políticas que se acuerden deben extenderse en primer lugar a aquellos. A mayor contribución a la verdad y a las garantías de no repetición, serán más favorables los beneficios.

Para la determinación de la pena, se tomarán en cuenta la gravedad de los crímenes, el grado de participación, así como las contribuciones específicas a la satisfacción de derechos de las víctimas, entre un catálogo amplio de sanciones que incluyen confinamiento territorial, detención domiciliaria, trabajos comunitarios de interés público o social, o privación de la libertad. Las condiciones en que se realice la sanción penal no pueden convertirse en una nueva ofensa a la humanidad y en particular a las víctimas, no debiendo ser inferior a las penas establecidas en la Ley de Justicia y Paz, y doblando dicho monto de la pena para los máximos responsables.

En diferentes sectores políticos, académicos y con cierto eco en los medios de comunicación, viene tomando fuerza la idea de que el tránsito a la paz exige el sacrificio de la justicia por parte de las víctimas y la sociedad en su conjunto. Nada más errado para un país, que ha sufrido y sigue sufriendo de altísimos índices de impunidad frente a violaciones a derechos humanos, y como se ha puesto en evidencia en estos días, de un altísimo descrédito, corrupción y deslegitimación social de la administración de justicia en general.

El Ccajar considera que esta discusión sobre justicia debe ser abordada específicamente en la Mesa de Negociaciones de La Habana y en los eventuales diálogos con el ELN, aportando dos tipos de respuestas a la sociedad colombiana: a los crímenes del pasado, con fórmulas que satisfagan los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación; y de cara al futuro, con la discusión de garantías de no repetición, que sienten las bases para que la historia de los crímenes no se repita.

Documento síntesis de la propuesta