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El Consejo de Estado declara responsable a la Nación por la Masacre de la Sarna

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El día 17 de septiembre se conoció la sentencia, emitida el 29 de agosto de 2019, en la que el Tribunal de Casanare declara que el Estado es responsable por las muertes perpetradas por paramilitares en la denominada Masacre de la Sarna, ocurrida el primero de diciembre de 2001 en un paraje de la vereda Las Cintas, jurisdicción de Aquitania, en la carretera que conduce de Sogamoso a Yopal.  

Según el fallo, en esta masacre fueron víctimas directas las señoras Mercedes Rivera Sotabán y Herminda Blanco Quintero y los señores Gonzalo Rincón Barrera, Isidro Alba Guío, Luis Ángel Gil Orduz, Luis Arturo Cárdenas, José Antonio Monguí Pérez, Luis Alejandro Pérez Fernández, Jhon Fredy Poveda Bayona, José Bertulfo Noa o Nova Rosas y Jairo Isidoro Peña Cárdenas. 

El fallo ordena al Ministerio de Interior, Ministerio de Defensa Nacional, componentes Ejercito Nacional y Policía Nacional a pagar a los demandantes los perjuicios materiales (daño emergente) y extrapatrimoniales (morales y alteración de condiciones de existencia).

Al respecto, Luz Briceida Vega, secretaria técnica del Movice Capítulo Boyacá, quien ha acompañado el proceso de los familiares de la masacre, dice que “el trabajo que se ha hecho como Movice en Boyacá con las víctimas de la Masacre del Páramo de la Sarna es muy importante, no solamente porque permitió la articulación y la consolidación del grupo que aglomera a las víctimas, sino porque desde allí hemos logrado entender la violencia en Colombia e iniciar nuestros procesos de exigir justicia y verdad”.

Para Luz Briceida este es un logro que sobretodo permite devolver la dignidad a las víctimas, “las familias realmente están contentas. De alguna manera esto limpia el nombre de sus familiares y los libera de esa estigmatización de la que fueron objeto. Todo lo que podamos decir es poco frente a lo que estamos sintiendo desde lo más profundo del corazón”, expresa. 

Acciones impuestas en la sentencia:

“7.1 IMPONER a título de justicia restaurativa en pos de la relación de los principios de verdad, justicia y reparación integral, las siguientes obligaciones:

  •  El presidente de la República o su delegado, en nombre del Estado, pedirá perdón al país y a las familias de las víctimas de la Masacre de la Sarna, por las omisiones y complicidad de algunas autoridades; honrará su memoria y proscribirá la atrocidad cometida; hará solemne promesa de no repetición por acción u omisión de las autoridades; y de apoyar irrestrictamente a la Fiscalía General de la Nación y a la Rama Judicial con todos los medios a su alcance para que se descubra integralmente la verdad, se vincule e impute a cuanto responsable pueda individualizarse se persiga el horrendo crimen en todas sus ramificaciones, conforme al ordenamiento jurídico que sea aplicable.
  • El delegado, si fuere el caso, tendrá que ser el vicepresidente de la República o un ministro de Estado, diferente a los que se indican a continuación.
  • El acto institucional será público, se transmitirá por directo por los canales de radio y televisión
    del Estado, evento que se anunciará con suficiente anticipación para que la comunidad nacional pueda observarlo; se realizará dentro de los (3) meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia, preferentemente en Labranzagrande si las condiciones de seguridad que evalúe el Gobierno lo permiten, o en su defecto en Sogamoso.
  • Deberán asistir, sin lugar a delegación, los ministros del Interior y Defensa, así como los comandantes de las Fuerzas Militares, del Ejercito Nacional y de la Unidad Operativa mayor con jurisdicción en el lugar de la matanza, y el director general de la Policía Nacional.
  • Serán invitados el gobernador de Boyacá, los alcaldes y personeros municipales de Sogamoso, Aquitania, Labranzagrande, Pisba y Paya; el Procurador General de la Nación y el Defensor del
    Pueblo y los demandantes integrantes de los grupos familiares de las víctimas directas.
  • El Estado garantizará la seguridad de estos y si fuere el caso, les brindará apoyo logístico y protección especial para acudir al lugar, a petición de los interesados, vistas las justificaciones y evaluada objetivamente su necesidad.

7.2. El Gobierno, con cargo al Ministerio del Interior, hará publicar dentro de los dos (2) meses siguientes a la ejecutoria del fallo, una separata en diario de amplia circulación, en dos domingos con intervalos de un (1) mes, en la que se insertará: i) un resumen de los hechos que provocaron esta sentencia y la lista completa de víctimas directas; ii) la identificación de la providencia y del Tribunal que la emitió, con un extracto comprensible de las razones de la condena, que se tomará del aparte de la motivación titulado “6.2. Conclusiones en el marco dogmático y el caso concreto”; iii) el ordinal 2º de la parte resolutiva; y iv) los ajustes queordene al Consejo de Estado.

7.3. El mismo extracto, en los términos indicados en precedencia, deberá ser fijado en las carteleras institucionales de las unidades operativas mayores y menores y unidades tácticas del Ejercito Nacional y sus equivalentes de la Policía Nacional, con jurisdicción en Boyacá y Casanare, por un lapso de tres (3) meses con la expresa exhortación que agregarán sus mandos respecto de la promesa solemne de no repetición de estos luctuosos hechos.

Del cumplimiento de las medidas de justicia restaurativa se rendirá informe al Tribunal de conocimiento para el control de ejecución.”

Ahora, las familias y el Movice Capítulo Boyacá esperan que se realicen los actos de reparación correspondientes, pues la espera ha sido larga y desesperanzadora, “yo creo que más allá de la indemnización económica, lo que tenemos que resaltar son las sanciones simbólicas que fueron impuestas. Estamos seguros y vamos a trabajar para lograr que se haga conforme se ordenó en la sentencia”, agrega Luz Briceida. 

Además, agradece, en nombre de los familiares de las víctimas, al Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), quien ha acompañado los procesos de lucha y memoria del capítulo y específicamente de los familiares de la Masacre de la Sarna. 

 

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